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Certificado de supervivencia

Certificado de supervivencia

El Consulado tramita certificados de supervivencia a solicitud de quien percibe una jubilación o pensión argentina. Estos certificados sirven para que las cajas de jubilación o retiro de Argentina comprueben la existencia física del titular del beneficio.

Usted puede consultar directamente a ANSES sobre temas previsionales llamando al +54 11 4015-5825, o enviá un correo electrónico a: ResidentesExterior@anses.gob.ar

Existen dos maneras para tramitar el certificado de supervivencia: presencial o remota. Ambas son gratuitas.

A) Trámite presencial en el Consulado

Se realiza con CITA PREVIA. El titular de la jubilación o pensión concurre en persona al Consulado con su documento de identidad (DNI o Libreta Cívica o Libreta de Enrolamiento o pasaporte argentino). Tras verificarse la identidad, el Consulado remite la información a ANSES y entrega al interesado el certificado en el mismo día.

B) Trámite remoto

Obtenga su certificado de supervivencia sin visitar ni la oficina consular. Se realiza igualmente con CITA PREVIA.

Si su beneficio no corresponde a ANSES, adjunte un comprobante de su número de beneficio (carnet de afiliado, o un recibo anterior).

  1. El día marcado, el Consulado entrevista al interesado por videoconferencia, a través de WhatsApp. El interesado debe encontrarse durante la videoconferencia en la jurisdicción de este Consulado General.
  2. Durante esa entrevista, se le solicitarán ciertos datos personales básicos: nombre, apellido, fecha de nacimiento, número de beneficio, entidad pagadora, banco a través del cual recibe el beneficio, lugar de residencia. El interesado muestra a cámara el DNI o documento identificatorio y firma el formulario de Certificación remota de supervivencia.
  3. Concluida la videoconferencia, el interesado remite vía correo electrónico o vía Whatsapp una foto del formulario recién firmado y una foto de su documento de identidad.
  4. Si el beneficio pertenece a ANSES, el Consulado remite la información a ANSES y remite al interesado, por email, el Certificado de supervivencia y la constancia de remisión de la información a ANSES. Si el beneficio es de otra entidad, el beneficiario recibirá el Certificado de supervivencia para tramitarlo ante la entidad correspondiente.
    Para supervivencia remota se analizará el caso.
    
  5. Informar al funcionario consular cuál entidad pagadora es como ANSES, IPS o CAJA DE LA POLICIA FEDEREAL.

     

     

 

 

Fecha de actualización: 11/06/2024